El estado de Guatemala comete discriminación legal e institucional y de hecho contra los Pueblos Indígenas a través de la ley del RENAP
Escrito por admin el 2 marzo 2010 – 8:44 am -LA LEY DEL RENAP HA PROVOCADO UN VERDADERO CAOS.
Las Autoridades, organizaciones e instituciones mayas que abajo firmamos, preocupados por las denuncias de hechos de violación de los derechos de los pueblos indígenas y abusos de poder en el proceso de registro de personas en el marco de la aplicación de la Ley de RENAP, ante los tres organismos del Estado y ante la opinión pública nacional e internacional, declaramos:
Desde el cambio del régimen político de Guatemala, de un sistema autoritario militarista a gobiernos civiles, el país ha tenido algunos avances en materia de derechos humanos, pero las estructuras administrativas del Estado solo han tenido cambios cosméticos en relación al respeto de los derechos de los pueblos indígenas y sobre todo han sido utilizados como estrategia diplomática de parte del Estado de Guatemala.
En el caso de la aplicación de la Ley del RENAP. La ley del RENAP tiene entre sus objetivos adecuar los servicios públicos relacionados al registro de personas a los avances tecnológicos, dar cumplimiento a los compromisos asumidos en los Acuerdos de Paz de modernización del sistema electoral y unificar criterios registrales a partir de la realidad que vive el país. Sin embargo esta ley en la práctica está fomentando la exclusión, la discriminación y el racismo contra los pueblos indígenas en las diferentes regiones del país.
En todos los Municipios prácticamente, frente las oficinas del RENAP, se encuentran grandes filas de personas desde las 3 o 4 de la mañana, después de que muchas de estas personas han caminado 3 o 4 horas de sus aldeas para que sean atendidas, lo cual no siempre ocurre, de igual caso para la obtención del DPI, tampoco garantiza la entrega inmediata pero sí suponen la pérdida de 2 a 3 días de trabajo, el gasto en pasaje, alimentación y hospedaje de las personas que vienen de las Aldeas lejanas. Los ciudadanos se han quejado de las deficiencias en los servicios que esta entidad está prestando y de las actitudes autoritarias y discriminatorias hacia los ciudadanos indígenas.
Por esta situación, consideramos que la LEY del RENAP y su aplicación violan el artículo 66 de la Constitución, el Estado de Guatemala, debe reconocer, respetar y promover las formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso de trajes indígenas, el Convenio 169 de la OIT, la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Racismo y Discriminación (CERD) y otros convenios ratificados por Guatemala. Por ello, la Ley del RENAP no cumple con lo que se establece en la Constitución Política de la República, es racista y discriminatorio hacia los pueblos indígenas, es anti constitucional e impide a pueblos indígenas el goce real de sus derechos ciudadano y políticos.
La Ley de Registro Nacional de las Personas, Decreto número 90-2005 – RENAP -, en nuestra consideración, contiene los siguientes vacíos de fondo:
- La Ley de RENAP, en su artículo 56 desconoce la realidad pluricultural, multiétnica y multilingüe de Guatemala y viola el derecho a la identidad de los Pueblos Maya, Xinka y Garífuna al no permitir que se identifiquen legalmente como tales. En consecuencia, tampoco permite el registro como tales, de los Ciudadanos Maya K’iché, Q’anjob’al o Aguakateko y de las distintas expresiones sociolingüísticas del Pueblo Maya.
- La ley está violentando normativas constitucionales, (articulo 58, 66) y Convenios Internacionales (Convenio 169 de la OIT).
- La ley de RENAP viola el reconocimiento y el respeto de las Alcaldías y Autoridades Indígenas al excluirlas dentro de los representantes entre los miembros de su Consejo Consultivo (artículo 23 de la Ley).
- La ley de RENAP viola las costumbres, la tradición y las autoridades ancestrales como las comadronas, al obligarlas a registrarse y presentar informes de nacimientos con legalización de firma de esta y de los padres del recién nacido, lo que implica un costo excesivo para las familias indígenas.
En la prestación de servicios que está realizando la institución RENAP son motivo de preocupación, los siguientes hechos:
- Cobros excesivos y arbitrarios en los servicios. no se indica el costo de los diferentes servicios y existe arbitrariedad en la aplicación de las tarifas por cada servicio.
- No existe información sobre el precio de la reposición o renovación del Documento de Identificación personal
- Trámites engorrosos y lentos.
- Los empleados no hablan el idioma indígena de los pueblos o regiones lingüísticas.
- Han habido denuncias por trato discriminatorio y racista de parte de empleados de RENAP en diferentes municipios del País
- Los empleados del RENAP no respetan las autoridades comunitarias y las alcaldías indígenas utilizándolas para solucionar problemas logísticos o de comunicación sin que sean respetadas como autoridades.
- En varios Municipios hay denuncias de que el personal de RENAP, al ser parientes de alguno funcionarios o ser del mismo partido político sólo está atendiendo a las personas que son afines a su partido político.
- El personal de RENAP actúa como si fuera parte de una empresa privada y no respeta las Autoridades Municipales y Autoridades Indígenas.
- Las comunidades continúan buscando a las autoridades y alcaldes indígenas para la solución de los problemas relacionados a la documentación de personas ante las carencias del servicio del RENAP.
POR LO QUE DEMANDAMOS:
- A los distintos organismos del Estado, atender e investigar las denuncias de la población que está sufriendo los abusos de poder, el mal trato, hechos de racismo y discriminación hacia los pueblos indígenas en el actual proceso de registro nacional de personas.
- Abrir un proceso de diálogo entre los organismos del Estado, la sociedad civil y los pueblos indígenas, como fue prometido a las autoridades y alcaldes de la AGAAI en el año 2008, para asegurar que en la Ley y la aplicación del RENAP estén reconocidos y sean respetados los derechos de los pueblos indígenas de Guatemala, sus usos, costumbres y tradiciones y sus respectivas autoridades ancestrales.
- A la Procuraduría de los Derechos Humanos, investigar los hechos denunciados, superar el mal trato, abuso y discriminación del personal de sus oficinas así como las denuncias sobre casos de nepotismo en relación a algunas funcionarios o de trato clientelar partidario y asegurar que el RENAP esté realmente para el servicio de todas y todos los guatemaltecos.
Al hacer pública nuestra presente declaración, llamamos a las Comunidades Indígenas de las distintas regiones del país, así como a los distintos sectores de la sociedad guatemalteca a denunciar todo tipo de abuso, mal trato y discriminación por parte de las instituciones del Estado.
POR EL EJERCICIO PLENO DE LOS DERECHOS CIUDADANOS Y POLITICOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS DE GUATEMAL
Ixim ulew Jun Tz’i
Guatemala, 25 de febrero del 2010.
Asociación Guatemalteca de Alcaldes y Autoridades Indígenas – AGAAI-
Fundación Rigoberta Menchú Tum – FRMT –
Asociación Pop Noj.
FUNDAR
ADIMA
Asociación Guatemala Plural.
Defensoría K’che’
Defensoría Indígena Wajxaq’ib No’j,
Consejo Oxlajuj Ajpop,
Consejo Maya Mam de Quetzaltenango,}
UNODESMA,
Fundación Maya – FUNDAMAYA-
Organismo Naleb’,
Consejo de Organizaciones Mayas de Guatemala –COMG-,
Asociación Aproba-Sank.
_________________________
Fuente: Asociación Pop No’j
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