Candelaria Acabal Alvarado V

Escrito por admin el 1 marzo 2010 – 8:30 am -

Sus derechos culturales fueron violados.

Por: Irmalicia Velásquez Nimatuj

Las torturas que enfrentó Candelaria Acabal deben abordarse más allá del daño físico y considerar las consecuencias psicológicas y emocionales en una joven K’iche’, originaria de una comunidad rural, actos hondamente emblemáticos que pueden parecer mínimos si se comparan con los golpes corporales pero que dejaran huella en su subconsciente. Por lo tanto, el que Marisol Natareno Taracena le cortara el pelo, añadido a las torturas físicas que le infligió, ubican la compleja violencia y el maltrato cotidiano hacia Candelaria como un plan que buscó atacar todos los frentes: el corporal, ideológico y cultural, porque no sólo trató de tenerla bajo control a través de amenazas, palizas y humillaciones verbales, sino buscó minar de manera sistemática los pilares de la identidad de Candelaria que le dan pertenencia a una comunidad, a formas sociales propias, a valores que definen su vida y su apariencia física.

En algunos casos no se necesitan golpes o daños físicos porque se logra con actos que no son corporalmente dolorosos, como cortarle el pelo, ocasionar el mismo, si es que no más dominio sobre la persona, que la daña y destruye de manera diferente. El caso de Candelaria exige la necesidad de que el sistema de justicia comprenda el contexto y la lógica cultural comunitaria y cómo dentro de ese marco el corte de su pelo sea considerado y no se descarte porque no es un daño físico.

Los operadores de justicia deben aprender que dentro de la identidad y los valores de las comunidades indígenas guatemaltecas cortarle el pelo a una joven, en la forma violenta como lo hizo Natareno se considera un daño personal y se convierte en un arma para tenerla encerrada, por eso, la acción debe ser considerada un crimen. Algunos dirán que cortarle el pelo no la hace menos mujer y que con el pelo corto debió haber huido, pero el pelo para Candelaria es parte de la creación de su identidad y de la estructura social en la que fue formada. Es socialmente construido, sí, pero eso no justifica que no sea válido o sin importancia para ella, su familia y comunidad. Los valores varían en las culturas, pero no por eso dejan de ser importantes, por lo tanto, es un error que no sean considerados al momento de impartir justicia.
Dada las lagunas en Guatemala debe crearse una legislación que defienda a las mujeres indígenas cuando sus derechos culturales son violados.

Fuente: ElPeriódico.com.gt


Publicado por Artículos, Mujeres, Pueblos Indígenas, Violencia | No hay Cometnarios »

Deja un Comentario